Dispensas de los regímenes legales en las operaciones de exportación para el cacao y sus manufacturas, café, entre otros.
Mediante Decreto N° 4.970, aparecido en la Gaceta Oficial N° 6.820 del pasado 01/07/2024 se extiende hasta el venidero 09/12/2024, las dispensas para algunos productos sometidos a las restricciones codificadas administradas por las carteras ministeriales de Industrias y Producción Nacional, Alimentación y Pesca y Acuicultura. En adición, se dispensa de la autorización para la exportación del cacao en grano y de sus sub-productos, así como la del café en grano.
El Decreto afectado, se corresponde con la Optimización y Dinamización de los Procesos de Exportación y quedó registrado, en su oportunidad, bajo el N° 4.525 según la Gaceta Oficial N° 42.145 de fecha 09/06/2021, vale decir, estamos en presencia de la sexta prórroga consecutiva, materializada cada seis meses.
Como se valorará, esta es una medida que facilita el accionar de los exportadores por cuanto se prescinde de efectuar las gestiones administrativas señaladas en la norma. Esto definitivamente, proporciona ahorro (tiempo/movimiento/costo) que coadyuva con la competitividad de los productos venezolanos en el exterior.
Desde esta tribuna, se exhorta a extremar los controles en virtud que esta prórroga no contempló la debida actualización arancelaria a raíz de la reciente promulgación del Arancel de Aduanas basado en la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado (SA) y NCM, por lo que se invita a los interesados al hacer la planificación pre-embarque para la exportación, efectuar una exhaustiva revisión de los códigos arancelarios aplicando de forma conjunta las Tablas de Correlación (SA, NCM y nacional) para concluir en una subpartida arancelaria válida y defendible a fin de evitar contratiempos en la salida de las mercancías.
GERARDO SILVA FORNERINO
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